1-Que es la
Filosofía?
La filosofía es el estudio de una variedad de problemas
fundamentales acerca de cuestiones como la existencia, el conocimiento, la
verdad, la moral, la belleza, la mente y el lenguaje.
2-Que es la
Filosofía del Derecho?
La
filosofía del Derecho es una rama de la filosofía y ética que estudia los
fundamentos filosóficos que rigen la creación y aplicación del Derecho.
3- Función de la Filosofía del Derecho
Acerca
de las funciones que posee o a las que se enfrenta la filosofía del derecho una
revista española ha recogido criterios de respetable juristas de esta tierra
así podemos citar los siguientes:
4-Establecer la
relación entre la Filosofía y Filosofía del Derecho
Para entender la relación existente entre la
filosofía y el derecho es necesario tener presente que la filosofía es
fundamentalmente critica, un pensamiento que cuestiona y pone en duda todo
aquello que se afirma como verdadero o como evidente, no se trata de afirmar
que la filosofía es una duda permanente que no lleva a ninguna parte, por el
contrario es la búsqueda de bases solidad que no tambaleen ni siquiera ante la
explosión más fuerte. Por tal motivo la filosofía siempre estará construyendo
pensamiento a partir de la preguntas, del cuestionamiento constante de la
realidad. Puede imaginarse que mientras las ciencias, o el mismo pensamiento
común y corriente, requiere de una afirmación certera para poder fundar
afirmaciones y verdades, la filosofía siempre pondrá en duda tales verdades.
5-Indicar la relación
entre la Filosofía y Ciencia.
La relación entre filosofía y ciencia
generalmente se concibe de dos maneras. En un caso, se supone que la filosofía
debe ser enteramente compatible con la ciencia y que la debe tomar como
referencia, siendo ésta la filosofía científica. En el otro caso, se supone que
la filosofía ha de tener vida propia sin responder a ninguna otra rama del
conocimiento, a la que podríamos denominar filosofía especulativa.
A medida que la humanidad ha ido evolucionando,
tanto la filosofía como la ciencia han cambiando a la par con esta, pues su
objetivo se ha mantenido en el buscar respuestas o explicaciones a los
paradigmas que siempre han sido de interés para las personas.
6-Función de la Filosofía del Derecho frente a las
ciencias particulares.
Las
ciencias particulares son autónomas y sus postulados constituyen el objeto cuya
validez la filosofía demostrará. Indirecta y en sentido restringido, las
ciencias particulares están subordinadas a la filosofía. Indirecta, porque es a
la lógica formal y a la material, disciplinas relacionadas a la metafísica, que
como ciencias corresponde descubrir sus formas, leyes necesarias y los
criterios de verdad aplicados al análisis del pensamiento.
7- En que se
diferencian la Filosofía Jurídica y Ciencia Jurídica.
Todo
cuando fue dicho sobre los conceptos de filosofía y ciencia y sus relaciones,
es aplicable a las nociones de filosofía jurídica y ciencia jurídica y sus
relaciones. Como es aplicable decimos, en sentido lato la filosofía jurídica es
una especie de ciencia jurídica y en sentido restringido las ciencias jurídicas
están subordinadas a la filosofía jurídica.
8-Importancia de la Filosofía del Derecho para los Juristas.
La
importancia radica en que la filosofía permite integrar el conocimiento del
jurista en un marco más amplio, sobre todo desde el punto de vista
epistemológico.
Más
concretamente, la filosofía se ocupa de temas tales como justicia, equidad,
ética, moralidad, la definición misma de derecho.
8-Influencia de la Filosofía Jurídica en la vida
social y en la actividad del Estado.
Los
conceptos de Filosofía y Ciencia dan origen a las nociones de filosofía
jurídica y ciencia jurídica y la ley de la extensión y la comprensión se aplica
en el mismo orden, o sea, que la filosofía del derecho es una especie de las
ciencias jurídicas.
9-Que son la Ontología y Axiología Jurídica y establecer
relación.
·
Ontología:
La
ontología – perteneciente a la filosofía – es una parte de la metafísica que se
dedica “al estudio de lo que hay”.
Puede
decirse que la ontología es la investigación del ser en tanto que ser, en
general, más allá de cualquier otra cosa en particular, es o existe. Así mismo,
también se puede decir que es el estudio de los seres en la medida en que
existen, y no en la medida en que hechos particulares obtienen de ellos una
serie de propiedades particulares.
·
Axiología
jurídica
La
Axiología Jurídica, conocida también como Teoría del Derecho Justo, es una
parte de la Filosofía Jurídica que procura descubrir los valores en los cuales
se debe inspirar el Orden Jurídico Positivo, dilucidando un modelo que primará,
una lisa Teoría de la Justicia.
En
este sentido, la Axiología es la ciencia que trata de los valores. La Filosofía
del Derecho, como fundamento de su existencia, tiene una doble finalidad:
indagar sobre los orígenes del derecho en búsqueda del concepto más adecuado,
como también en lo relativo a sus valores, esto último comprende la Axiología
Jurídica, dedicada a tratar los fines valorativos del derecho, encontrarlos,
analizarlos, calificarlos y hasta jerarquizarlos.
10-Cual es el valor la Filosofía del Derecho como rama de la Filosofía?
Como filosofía de la experiencia jurídica, la filosofía del
Derecho debate y cuestiona los fines que persigue el Derecho, las funciones
sociales que efectivamente cumple y los principios morales que lo inspiran.
SECCION
(B), CORRESPONDIENTE A LA LOGICA JURIDICA:
1-Definir el termino lógico.
Puede
definirse la lógica como el conjunto de conocimientos que tienen por objeto la
enunciación de las leyes que rigen los procesos del pensamiento humano; así
como de los métodos que han de aplicarse al razonamiento y la reflexión para
lograr un sistema de raciocinio que conduzca a resultados que puedan
considerarse como certeros o verdaderos.
2-Explicar el significado
del concepto lógica jurídica.
Cuando
escuchamos la expresión de lógica jurídica, esta nos genera algunas
impresiones. La primera de ellas es concebir a la lógica como una “ciencia
auxiliar” del Derecho, una especie de “método de investigación” aplicable al
Derecho, o bien, conceptualizamos esta lógica del Derecho, como una “área del
conocimiento jurídico”.
La
lógica jurídica es una lógica material, es decir, sus reglas principales se
encuentran en la lógica formal, encaminadas a una disciplina como lo es en este
caso al Derecho.
3-Nombrar los fundamentos de
la lógica.
Estos
fundamentos tratan de enseñar al individuo como debe llevar a cabo un
pensamiento; entre estos fundamentos tenemos el principio de la coherencia que
existe en los pensamientos, la coherencia es establecida por una conciencia y
es sistemática entre ideas y pensamientos. Otro de los fundamentos, es el
principio de la identidad; lo que significa que un concepto es igual al mismo y
no cambia cuando se piensa.
4-Demostrar explícitamente la Naturaleza de la lógica
Toda
ciencia supone en el hombre la capacidad natural del entendimiento para inferir
unas verdades de otras. Si el hombre no tuviera este poder, no le sería dado
establecer la prueba de ninguna verdad,
y sus conocimientos, por tanto, no serían "científicos". A esa
capacidad de deducción, sin la cual no es posible ciencia alguna, se la
denomina en filosofía "lógica natural", y no es otra cosa que el
poder discursivo del entendimiento, empleado lo mismo en la ciencia que en
cualquier clase de raciocinio. Todo hombre, por ende, aunque no haya hecho
ciencia, tiene en principio la capacidad de hacerla, gracias precisamente a esa
lógica natural de su entendimiento.
No
significa esto, sin embargo, que "entendimiento" y "lógica
natural" sean exactamente lo mismo. Cuando se infiere una conclusión, es
el entendimiento el que la obtiene; pero esto no quiere decir que la haya
extraído de su propio ser. El entendimiento es el poder humano que logra
inferir una conclusión; pero esta, no obstante, de lo que resulta objetivamente
obtenida es de una "premisa", es decir, de algo antepuesto y que hace
de principio activo sobre el entendimiento.
6- Nombrar los principios en
se fundamenta la lógica
Los
principios o axiomas, junto con las reglas de inferencia son los fundamentos de
la lógica.
Principio de razón
suficiente
El
principio de razón suficiente, se basa en la verdad o inteligibilidad del ser.
El ser es idéntico e inteligible, en virtud de que es. (La inteligibilidad es
la identidad del ser, con la inteligencia) Aquello en virtud de lo cual el ser
es inteligible, es llamado la razón o fundamento de ser, tenemos el principio
ontológico: ‘’Todo ser tiene razón suficiente’’, sin esta razón suficiente, se
perdería su identidad consigo mismo, se volvería no-ser o sea, nada. Si un ser
careciera de razón suficiente, de explicación, no seria inteligible, se
concebiría como un no ser, como un absurdo, como la no-realidad.
Principio de identidad
El
principio de identidad, proviene en consecuencia de forma indudable, necesaria,
y evidente de la característica de identidad del ser, ¿por qué? El ser es el
ser, y quien negare esta afirmación estaría en contra de lo expuesto
anteriormente, pero decir "lo que es, es lo que es" pareciera como un
juicio meramente analítico, A) pero si
nos damos cuenta, en toda oración hay una relación directa, entre el predicado,
y el sujeto, así decir: la tierra es redonda, corresponde a una relación
directa, entre el sujeto, y el predicado, llevando esto a la oración "el
ser es el ser" nos damos cuenta del principio de identidad que posee el
ser.
Principio de no
contradicción
Según
el principio de no contradicción, Una cosa no puede ser y no ser, al mismo
tiempo, bajo el mismo aspecto. Ejemplo: No es posible que en un mismo instante
llueva y no llueva (en el mismo lugar).
Principio de Tercero Excluido
El
principio del tercero excluido o principium tertium exclusum es un principio de
la lógica tradicional formulado canónicamente por Leibniz como: o A es B o A no
es B. Ahora lo leemos del siguiente modo: o bien P es verdadera, o bien su
negación ¬P lo es. Entre dos proposiciones que juntas forman una contradicción
no hay una tercera posibilidad, la tercera está excluida.
7- ¿Cuál es la relación de
la lógica general con la ciencia del derecho?.
Psicología:
Ambas tienen el mismo objeto material que son los actos de la mente. La lógica
es parte integrante de la sicología. Lipps, nos dice que la lógica es una
disciplina sicológica puesto que el conocer solo se da en la psique y el pensar
que en ella se realiza es un hecho psicológico.
Teoría
del Conocimiento: Tienen en común que vienen del mismo tronco, la madre de
todas las ciencias, la filosofía los que las hace tener semejanzas y
diferencias que la particularizan.
8-¿Cuál la Importancia de lenguaje para la aplicación de la
lógica jurídica?.
El
hombre como animal social que es, necesita comunicarse continuamente con sus
semejantes, esto para el es una necesidad vital, por lo cual ella es recíproca,
ya que el hablante transmite un mensaje que es captado por un oyente, y
viceversa, convirtiéndose el oyente en hablante.
9-¿Dónde se puede observar
la incidencia de la Lógica
Jurídica en el ejercicio del derecho?
En
los tribunales.
10-¿Que es el Concepto?
Los conceptos son construcciones o imágenes mentales,
por medio de las cuales comprendemos las experiencias que emergen de la
interacción con nuestro entorno.
11-¿Cuál es la Comprensión o cualidad del concepto.
El
concepto es entendido como la representación intelectual de un objeto,
diferenciándose, pues, de lo sentido, lo percibido, lo imaginado o lo
recordado.
13-Explicar las diferencias
entre el concepto y el término.
Término
- Elemento con el que se define (explica) algo.
Concepto
- Idea que nos formamos acerca de algo
15-Como se puede definir el Juicio?
El
juicio es el acto por medio del cual el
entendimiento humano compone o divide, afirmando o negando, el juicio es la
segunda operación del espíritu que une al afirmar o separar negar. El sujeto necesita comunicar sus pensamientos y lo hace a través
del lenguaje: palabras, oraciones y discursos.
16-Cuales son las divisiones del juicio?
Kant, en su cuadro sistemático clasificó los
juicios en cuatro categorías:
Según
su cantidad.
Según
su cualidad.
Según
su relación.
Según
su modalidad.
17- Explicar cada una.
Según su Cantidad:
Entendemos por cantidad de el juicio la mayor o menor extensión en que se toma el concepto sujeto en
este juicio. En razón a la cantidad los juicios se dividen en universales, particulares y
singulares.
Según su Cualidad:
Se llama cualidad del juicio a
la conveniencia o no en que se encuentra el concepto-predicado con respecto al
concepto-sujeto, de acuerdo con ello pueden ser: afirmativos, negativos e infinitos.
Según su relación:
Se llama relación de los juicios, el modo o la
manera en que se efectúa el carácter aseverativo del juicio, es la propiedad
que tiene de enunciar con o sin ninguna
restricción.
Según su Modalidad:
El Concepto de modalidad está referido a la
intensidad con que la cópula ejerce su afirmación, la relación entonces será
fuerte o débil.
18- Explicar en qué consiste
Conexión entre juicio y la preposición.
Es una conexión enunciativa de conceptos.
Mediante el juicio no se limita a exponer una situación captada, sino que
la exponemos enunciativamente, lógicamente elaborada.
La proposición es el signo externo del juicio; sin embargo, no cualquier proposición, sino solamente la
enunciativa, que es la oración perfecta, la cual afirma o niega algo acerca de
alguien.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario